
¿Se han anulado realmente los impuestos a la importación de generadores y baterías y se abaratarán? El diputado envió una solicitud al Servicio Estatal de Impuestos para averiguarlo.
El Servicio Estatal de Impuestos envió una respuesta de dos páginas a la solicitud del diputado Oleksandr Fediyenko. En resumen, la esencia de la respuesta es que las disposiciones de las leyes pertinentes eliminan el IVA, siempre que este grupo de bienes se importe para uso propio y no para la venta.
«Es decir, una empresa que vende generadores y baterías puede importarlos sin IVA, pero no puede venderlos al comprador sin IVA. Por tanto, el público no debe esperar una reducción del precio de los generadores y baterías», — explica Fediyenko.
«Periódico Judicial y Legal» aclara adicionalmente que de las 27 Leyes, se encuentran vigentes las Leyes Nº 3853-IX y Nº 3854-IX, que eximen de derechos aduaneros a la importación a determinados tipos de mercaderías. Esta última ley exime de derechos a los generadores con motor de pistón y encendido por chispa, con los siguientes códigos UKTZED: 8502 20 40 90, 8502 20 60 90, 8502 20 80 90. Al mismo tiempo, los generadores diésel (con motor de combustión interna de pistón y encendido por compresión) tienen un código diferente y no se mencionan en la ley. Esto significa que quizás el tipo más común de generador no está exento del impuesto.
En consecuencia, los generadores importados para la venta no están exentos del IVA. Además, la mayoría de los generadores no están exentos de derechos de aduana. Por lo tanto, no es necesario hablar de su mayor disponibilidad y menor coste (a menos que los compren para uso propio, por ejemplo, los operadores de telefonía móvil, etc.).
Fuentes: Alexander Fedienko, «Periódico judicial y jurídico» Periódico de los tribunales
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