
Los diputados han elaborado un nuevo proyecto de ley sobre la información médica de las personas obligadas a cumplir el servicio militar. La información sobre los resultados de los reconocimientos médicos para determinar la aptitud de los reclutas, las personas obligadas a cumplir el servicio militar y los reservistas queda desprovista de garantías de confidencialidad médica: se transferirá automáticamente al Registro «Oberig».
Las enmiendas a la Ley «Fundamentos de la Legislación de Ucrania sobre Asistencia Sanitaria» prevén la eliminación de las garantías de confidencialidad médica de la información sobre los resultados de los exámenes médicos de reclutas, personas obligadas al servicio militar y reservistas realizados para determinar su aptitud para el servicio militar. El correspondiente proyecto de ley nº 12066 fue registrado en la Rada Suprema por un grupo de diputados dirigido por Oleksandr Zavitnevych y Oleksandr Fediyenko («Servidor del Pueblo»).
La ley actual estipula que la interacción de información entre el sistema electrónico de asistencia sanitaria (SES) y otros registros se lleve a cabo de conformidad con los requisitos de la Ley «Sobre Protección de Datos Personales». Es importante que durante el intercambio de información no se permita el acceso a información médica sobre el paciente. Así lo establece directamente la ley.
El nuevo proyecto de ley propone que el EHRMS también transfiera automáticamente los datos al Registro Estatal Unificado de Reclutas, Personas Obligadas al Servicio Militar y Reservistas «Oberih». Al mismo tiempo, se permitirá el acceso a la información médica sobre el paciente con el fin de «obtener información por parte del Ministerio de Defensa de Ucrania sobre los resultados de los reconocimientos médicos de reclutas, personas obligadas a cumplir el servicio militar y reservistas realizados para determinar su aptitud para el servicio militar con el fin de incluirlos en el Registro Estatal Unificado de Reclutas, Personas Obligadas a Cumplir el Servicio Militar y Reservistas con el fin de garantizar la seguridad y la defensa nacionales».
Al mismo tiempo, se modifica la Ley sobre el Registro de reclutas, personas susceptibles de cumplir el servicio militar y reservistas para establecer que el Ministerio de Sanidad presentará al Registro «Oberih» información sobre los resultados de los reconocimientos médicos realizados para determinar la aptitud para el servicio militar. El Registro «Oberig» recibirá los datos mediante interacción electrónica con la ESOZ.
Fuente: Periódico judicial y jurídico
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